CLASE: Nº 4
CONTINUACIÓN EL DERECHO ADMINISTRATIVO, COMO DERECHO PUBLICO, DERECHO GARANTIZADOR.
En cuanto la norma Administrativo esta de una u otra manera destinada a una administración Publica debe ser considerada, obviamente norma del derecho publico. El derecho Administrativo es aquella parte del Derecho Publico que tiene por objeto la organización los medios, y las formas de la actividad de las administraciones publicas y las consiguientes relaciones jurídicas entre aquellas y otros sujetos.
Esto no significa que las administraciones publicas no puedan utilizar o formar parte de relaciones Jurídicas, reguladas por normas no administrativas.
En unos casos la norma tiene como destinatario único y preferente a la administración publica como los que regulan la organización Administrativa.
Normas del Derecho Privado son pues, las que tienen por destinatario a todos los sujetos en general aunque algunas de ellas solo pueden ser aplicables a las personas físicas.
Las normas de derecho Publico presuponen siempre como destinatario al Estado o las Administraciones Publicas como sujetos de Derecho. El Derecho Administrativo es por tanto el derecho publico común y general.
DERECHO GARANTIZADOR
Porque en el se incluye también el estudio de aquellas normas destinadas al Estado en garantía de su cumplimiento, como las que regulan, los recursos administrativos el proceso contencioso administrativo, y la potestad sancionadora o arbitral de las Administraciones Publicas.