JUEVES, 07 DE MARZO DE 2,019

CLASE: Nº 13

ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA.

1- CONSIDERACIONES GENERALES

Dijimos en su oportunidad que el Estado es un substrato social unificado que está estructurado como corporación, la que se da sus estatutos fundamentales de los cuales deriva la restante regulación Jurídica. El Estado consta, entonces, de un ordenamiento Jurídico que es el ingrediente de unificación de este substrato social. Se ha dicho por ello que el Estado es un ordenamiento Jurídico Territorial y soberano. Ello quiere decir que El Estado tiene los tres elementos que significan un ordenamiento Juridico: la Plurisubjetividad la normacion y la organización que es, además, territorial, vale decir que su actividad debe desarrollarse dentro del territorio. Al decir Santi Romano que el Estado es soberano quiso expresar que no deriva de ningún ordenamiento Jurídico. Es el único que pueda crear derecho o autorizar a otros entes jurídicos secundarios para que lo creen.

2- ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA:

Uno de los elementos del ordenamiento jurídico era la organización. La organización significa una ordenación de los elementos necesarios para perseguir determinados objetivos o fines y para asegurar una adecuada integración y coordinación de las actividades.

La organización Administrativa es el proceso de planificar, controlar, dirigir, y organizar los recursos propios de una empresa, con la finalidad de alcanzar los objetivos de la misma. Se encarga de coordinar los diferentes departamentos, conjuntamente con los empleados que laboran en cada uno de estos.

En la organización existen cuatro elementos fundamentales: El primero es el elemento activo de la organización humana consistente en la acción común de dos o más personas. El segundo elemento fundamental es el vínculo asociativo, circunstancia que permite la ejecución de actos vinculados entre si. El tercer elemento consiste en la existencia de un coordinamiento consiente y sistemático de las acciones desarrolladas, lo que excluye que ellas pueden ser el fruto de una mera casualidad accidental o incidental. Es decir debe a ver un ordenamiento consciente y sistemático.

La organización debe, asimismo tener un cierto grado de estabilidad en el tiempo. Existe un último elemento el finalista. Las acciones humanas desarrolladas en la organización van dirigidas a la realización de un fin o de muchos fines.

Se sostiene que la organización exige: a) La exigencia de competencias y atribuciones debidamente distribuidas en los distintos órganos. Esto quiere decir que las competencias que desarrollan cada Ministerio, así como el Ministerio de educación es dar educación.

B) La responsabilidad que comporta su ejercicio. Es decir cada quien es responsable de los actos que hace.

C) La preparación y habilidad Personales de los funcionarios.

D) La autoridad para imponerse a otros mediante órdenes, instrucciones, etc. Es decir que siempre debe de haber una autoridad.

3. Principios fundamentales de la Organización.

La doctrina enseña que son tres los principios fundamentales de la Organización. El principio de la coordinación, el principio de la gradación o encaminamiento y el principio funcional.

La coordinación: Implica un objetivo que habrá de lograrse, aunque ello no significa que todos y cada uno de los miembros de la organización, aún existiendo un interés común, pueden tener conocimiento preciso de ese objetivo y de cómo ha de lograrse.

El segundo principio de la organización es el de la gradación o escalonamiento. Es esencial, en el concepto de organización, la existencia de un proceso formal en el cual la Suprema autoridad opera desde arriba sobre todas las partes del cuerpo organizado. El principio de gradación se llama también Jerárquico. La Jerarquía es una estructura que se establece en orden a su criterio de subordinación.

En el funcionalismo de la organización, lo que se quiere significar es la diferencia funcional entre las tareas de distinta especie.

4. Los tipos de estructuras organizativas.

La doctrina enseña la coordinación que es la esencia de toda organización, exige una colocación racional de cada una de las partes en que se divide aquella.

a) Escalar piramidal o lineal puro: Es el más elemental y el Primero que surge en cualquier forma orgánica. Se basa en la jerarquía lineal que parte desde el administrador superior hasta el último peldaño. Es decir que se basa en un orden.

B) Funcional tayloriano: Para Taylor lo fundamental era la división del trabajo por especializaciones concretas.

C) Línea y plana mayor: Es un sistema mixto adoptando del Primero la línea de mando y del segundo los órganos. Se basa en que la línea de mando se debe limitar a la dirección y resolución de los asuntos de la organización.

5. Principios Jurídicos de la organización Administrativa.

Las relaciones entre organizaciones administrativas pueden ser de coordinación y de subordinación. Las primeras darían lugar al principio de la competencias. Las segundas al de la jerarquía. Es central cuando lo tiene el jefe descentralizado cuando se delega.

Por eso es importante la organización administrativa para que haya un proceso de planificar, controlar, dirigir, y organizar.

6. Competencia administrativa. Fuente de la misma.

En el seno de la Administración existe una pluralidad de órganos, lo que determina la necesidad de que se distribuya entre ellos la titularidad de las funciones necesarias para la consecución del interés público. Ya que la competencia administrativa se refiere a la titularidad de una determinada potestad que sobre una materia que posee un órgano administrativo.

7. Caracteres jurídicos de la competencia.

Como que la competencia debe ser ejercida por el órgano al que ha sido atribuida, es lógico que este no pueda hacer cesión de la misma a otro órgano, salvo en los supuestos de delegación.

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