CLASE: Nº 15
NOCIÓN DE FUENTE:
Para conceptualizar lo que entendemos por fuente, nos remitimos a lo que expresan el diccionario enciclopédico UTEHA «FUENTE» (Del Latin fons, fontis). Manantial de agua que brota de la tierra. «Principio, fundamento u origen de una cosa».
El termino de fuente crea una metáfora bastante justa, pues remontar la fuente de un río, es llegar al lugar donde sus aguas salen de la tierra; lo mismo, inquirir la fuente de una regla jurídica, es buscar el punto de partida del cual ella sale de las profundidades de la vida social,
Fuente: – Manantial de agua que brota de la tierra.
-Principio fundamento u origen de una cosa.
Fuente es una vertiente: Son los tratados, la Jurisprudencia, la costumbre, constitucion, las leyes, la convención.
CUESTIONARIO:
1- Que es fuente del derecho? Es el manantial de agua que brota de la tierra. Principio fundamento u origen de una cosa.
2- Las fuentes del derecho se divide en dos tipos: Científicas y empíricas.
3- Procedimiento del producto de la mente humana y los que dan origen a ala ley de una forma se podría decir: Espontanea.
4- Las fuentes se clasifican en: Fuentes directas e indirectas.5-
5- Las fuentes del derecho se clasifican en: Materiales y formales.
6- Que es la ley? Es una declaración de la voluntad soberana, que manifestada en la forma prescrita por la constitución manda prohíbe o permite.
7- En que consiste la función legislativa del estado: Consiste primordialmente; en establecer por vía general y obligatoria, las normas a que ha ajustarse la conducta de los miembros de la comunidad.
8- Que decía Ferraris de la función ejecutiva? La función o producto la legislación, no ejercita en sentido estricto la autoridad del Estado, manifiesta su voluntad pero no la ejerce.
9- Cual es la segunda fuente de nuestro derecho? Es la Jurisprudencia.
10- Cuales son las dos acepciones que posee la palabra de Jurisprudencia: a)Equivale a ciencia del derecho o teoría del orden jurídico positivo.
b) Conjunto de principios y doctrinas contenidas en las desiciones o fallas de los tribunales.
11- Que desempeña la costumbre: Un papel secundario solo es jurídicamente obligatoria cuando la ley le otorga tal carácter.
12- Consideramos como fuente del derecho Administrativo salvadoreño: Los principios constitucionales, la ley secundaria las leyes propiamente administrativas, los decretos , reglamentos ordenanzas, La costumbre y los actos de gobierno, los contratos y la doctrina